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El caso Juan Carlos García Casanova: una situación intolerable
También debo aclarar que de nada sirven los tramposos y falaces argumentos presentados por quienes pretenden defender lo indefendible: “Es que le tendieron un cuatro. Eso fue una trampa”. ¡No señor! Al tipo se le detuvo en flagrancia y nadie le obligó u orillo a cometer semejante estupidez.
Por Fernando A. Toledo y Rivadeneyra
El caso del maestro de danza de la Casa de la Cultura de Umán, Juan Carlos García Casanova, es intolerable e insostenible. No viene al caso relatar los hechos que me llevan a emitir mi opinión al respecto, pues es un caso ya muy conocido y ampliamente ventilado en las redes.
Aquí lo importante es saber que está sucediendo en el ámbito laboral y legal con el nefasto bailarín Carlos García. Sobre esas premisas la primera pregunta es ¿qué va ha hacer el alcalde, Gaspar Ventura, con semejante soquete? Me queda claro que la claro que la prepotencia y el cinismo mostrado por García Casanova al momento de su detención no proviene, ni se fortalece, de una impunidad otorgada desde palacio municipal, sino de un grupúsculo de madres que, inexplicablemente, le otorgan su apoyo incondicional a semejante pelafustán.
Sin embargo, “Venturita” no debe ceder a las exigencias y presiones de ese grupo, pues demostrado está, y de sobra, la calidad moral y la ética de Juan Carlos, por que la situación es insostenible e intolerable. El tipo debe ser cesado de manera fulminante como maestro de danza de la Casa de la Cultura Municipal y puesto a disposición de las autoridades para que enfrente cargos por corrupción de menores y venta de estupefacientes. Ya, cuando salga libre, las madres que tanto le quieren que le monten su academia.
El artículo 201 del Código Penal Federal reza que “Comete el delito de corrupción de menores, el que induzca, procure, facilite u obligue a un menor de dieciocho años de edad o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, a realizar actos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales, prostitución, ebriedad, consumo de narcóticos, prácticas sexuales o a cometer hechos delictuosos. Al autor de este delito se le aplicarán de cinco a diez años de prisión y de quinientos a dos mil días multa.” Exactamente lo mismo expresa el artículo 208 del Código Penal del Estado de Yucatán. Y se persigue de oficio.
Luego entonces, Juan Carlos García Casanova debe encarar ante un juez esos cargos y, de ser encontrado culpable, condenado.
También debo aclarar que de nada sirven los tramposos argumentos presentados por quienes pretenden defender lo indefendible: “Es que le tendieron un cuatro. Eso fue una trampa”. ¡No señor! Al tipo se le detuvo en flagrancia y nadie le obligó u orillo a cometer semejante estupidez.
Esperemos que nuestras autoridades tomen cartas en el asunto y que Juan Carlos García Casanova no tenga contacto con jóvenes por un largo tiempo. Es cuánto.